¿Sabías que es obligatorio declarar la conexión de tu domicilio a la red cloacal?
Desde abril de 2024 entró en vigencia el REGLAMENTO DE SERVICIO DE RECOLECCIÓN DE DESAGÜES CLOACALES Y TRATAMIENTO DE EFLUENTES aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 2081-2024, el cual, en el art. 9°, especifica la obligatoriedad de emplear el servicio de cloacas para tratamiento y disposición final de los efluentes cloacales.
Si estás conectado a la red cloacal pero no ves ese servicio impactado en tu factura, tenés tiempo hasta el 30 de Abril para acercarte a nuestras oficinas y regularizar esta situación.
Posterior a esa fecha será pasible de sanciones aquellos asociados que en inspección se detecte la conexión a la red cloacal (Art. 37 del Reglamento)
El Servicio de cloacas, para el usuario residencial o frentista común es el equivalente al ochenta (80%) por ciento del consumo registrado de agua potable en el domicilio servido.
Tené en cuenta que está prohibido la construcción de nuevos pozos absorbentes, así podemos proteger la calidad del agua subterránea y evitar su contaminación.
¡Gracias por tu compromiso para seguir creciendo juntos!